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Vida en Comunidad y la Ordenanza Municipal Vigente
Las Ordenanzas Municipales son resoluciones que adoptan las municipalidades, normas de carácter general y obligatorias aplicables a la comunidad con el objetivo principal de crear las conductas mínimas para un buen funcionamiento de la cuidad. Aunque existen varias ordenanzas especificas, hoy queremos destacar la de Aseo y Ornato, puesto que es una que aplica directamente al bienestar de la comunidad de Dos Esteros. Los temas de la tratamiento de basuras, mascotas, y el cuidado de las áreas verdes son recurrentes y por eso aquí exponemos lo que indica la normativa vigente sobre estos temas (Para mayor información podrán ver la normativa completa en el documento adjunto al final de este artículo). El Titulo I se refiere a la limpieza de la vías publicas, cuyos temas mas relevantes están en el artículos 6, 11, y 14. El articulo 6 determina que los vecinos tienen la obligación de mantener permanentemente aseadas las veredas o aceras que enfrentan el predio que ocupan, incluyendo los espacios de tierra destinados a jardines, barriéndolas diariamente y lavándolas si fuere menester. El producto del barrido, incluyendo las hojas de los árboles, se deberá? recoger y almacenar junto a la basura domiciliaria, y colocar en el interior de los contenedores habilitados para ello. El Articulo 11 prohíbe que los dueños de animales domésticos, en especial perros y gatos, dejen a sus animales hacer sus necesidades biológicas en el espacio público o del vecino, y cuando esto ocurra, los dueños de dichos animales, deberán por su cuenta efectuar la limpieza correspondiente. El articulo 14 se refiere a los permisos y condiciones necesarias para desechos de construcciones mayores o menores especialmente con el tratamiento de escombros y otros desechos de estas. El titulo VI se refiere a la Mantención de las Áreas Verdes y Especies Vegetales en la Vía Pública, e indica que las obligaciones de los vecinos en relación al ornato. Estas incluyen: 1.- Regar y mantener en buenas condiciones sanitarias los árboles y especies vegetales que están plantados, o que se planten en el futuro, frente a sus propiedades. 2.- Construir áreas verdes en los antejardines que enfrentan la propiedad en que viven y mantenerlas una vez construidas. 3.- Mantener limpios los veredones que enfrentan al inmueble. 4.- Contribuir a la mantención y aseo de todas las áreas verdes públicas (plazas, parques y veredones), evitando su destrucción o desaseo y denunciando a la autoridad o a carabineros cualquiera de estos actos que terceros causen a las áreas públicas objeto de esta Ordenanza. Los invitamos a reflexionar sobre estas normas y como podemos aplicarlas cada uno de los habitantes de Dos Esteros para mejorar nuestro entorno.
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